La Cámara de Diputados debate el proyecto de ley que regula la publicidad y promoción de sitios de juegos de azar y apuestas en línea. La sesión abrió con un sólido de quórum, sin embargo, la letra chica del proyecto que se va a debatir todavía está en discusión.
Uno de los puntos que generó rispideces en la previa de la sesión tiene que ver con la participación de las provincias en los juegos de azar. Sin embargo, desde la Coalición Cívica aseguran que al considerar al tema como «prioritario para la salud», algo que indica el proyecto de ley, la ley nacional puede quedar por encima de las regulaciones provinciales. Un ejemplo de esto son las iniciativas que regulan tabaco o protección ambiental.
Entre los puntos principales de esta iniciativa que trabaja en «la prevención y asistencia de la ludopatía». «Prohíbe el acceso a menores de edad a plataformas de juegos de azar y apuestas en línea», según indica el artículo 2.
Por otro lado, en el despacho que impulsó la Coalición Cívica se «declara prioritaria la prevención y tratamiento de la ludopatía como política de salud pública». En ese sentido «limita la oferta de juegos de azar en línea» y «elabora políticas públicas específicas para niños y adolescentes».
Uno de los puntos que más polémica despierta en la Cámara baja tiene que ver con una serie de prohibiciones generales que impactan en distintos sectores. Este proyecto no permite la publicidad de juegos de azar en todos los medios de comunicación y eventos. «Quedan prohibidos los bonos de bienvenida como también el auspicio de equipos deportivos o deportistas en forma individual», indica el artículo 8.
Esta normativa limita a distintas organizaciones civiles sin fines de lucro, como los clubes de fútbol que tienen una gran parte de sus ingresos relacionados a casas de apuestas deportivas. Estas compañías auspician de forma directa en las camisetas de los equipos.
También prohíbe la publicidad «en cartelería en la vía pública o en espacios privados de uso público, medios de difusión gráfica, radiales, televisivos, emplazamiento del producto o cualquier otro medio de comunicación actual o que surja en el futuro y que a tenor de los avances tecnológicos puedan ser utilizados con los mismos fines».
El proyecto que debate la Cámara de Baja no permite que las casas de apuesta avancen con «bonos de bienvenida de juegos de azar y apuestas en línea, como también el auspicio de equipos deportivos o deportistas en forma individual, utilizar su marca o denominación comercial para identificar a una instalación deportiva, estadios, academias deportivas, centros recreativos, espacios públicos, centros de entrenamiento, la promoción de pronósticos deportivos y la colocación de cartelería fija o digital en los campos de juego y estadios. También su difusión en festivales o recitales artísticos o musicales y eventos culturales en general».
Otro de los párrafos de las prohibiciones llega directo a los medios de comunicación, ya que no permitirá «la publicidad indirecta o encubierta en la que se haga mención a los juegos de azar, de pronósticos y apuestas deportivas y apuestas en línea a través de
influencers, de programas infomerciales y/o la publicación onerosa o no, de testimonios de deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública o personajes de ficción, que los mencione».
También avanza con mayores controles para verificar que las personas que realicen apuestas sean mayores de 18 años. Ordena la verificación biométrica con sistemas de validación de identidad conectados al RENAPER para impedir acceso a menores.
Además, avanza con el bloquea de plataformas no autorizadas. «Las decisiones judiciales de bloqueo serán notificadas para su efectivo cumplimiento dentro de las 48 horas hábiles».
La iniciativa también por una serie de penalizaciones por incumplimiento. La más fuerte implica una reforma del Código de Legislación penal. Indica que “Será reprimido con prisión de tres (3) a ocho (8) años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar y apuestas, sin autorización jurisdiccional competente. La misma pena le corresponderá al que incumpliere la legislación en materia de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea o al que facilitare a un tercero, sus datos biométricos, documentos, datos bancarios y/o cualquier información que requiera el sitio web para participar del de apuestas».
Por otro lado, El artículo 41 fija sanciones administrativas con multas de entre 500 y 100.000 unidades UVA, lo que al cierre de esta nota equivalen $7.000 y $1.400.000. «Si afectan a menores de edad, la multa será incrementada en un 50 %», sostiene el texto
MDZ